Algunas consideraciones acerca del sistema de liquidación directa: el sistema CRETA
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), según informaciones difundidas por ella misma, lleva trabajando dos años en la creación e implementación directa de cotizaciones de la seguridad social (sistema CRETA).
Este sistema, una vez se ponga en marcha vendrá a sustituir el actual procedimiento de intercambio de información, tratamiento, estructura y formato de los ficheros con el que los usuarios del Sistema RED se relacionan con la TGSS.
Dicho nuevo sistema supone un cambio de paradigma comunicativo por el cual se invierten los roles de la TGSS y las empresas.
Con el sistema creta, la TGSS será la encargada de proporcionar la información laboral a las empresas de forma telemática, mientras que estas últimas se limitarán a poner en conocimiento del citado organismo la veracidad o falsedad de los datos mediante su correspondiente validación o rectificación a través de Internet.
Sin embargo, y ante este nuevo escenario de sencillez y comodidad en la gestión de los flujos de información sobre los datos laborales de las empresas y negocios con asalariados se vislumbran algunos puntos negros que ponen en cuestión este escenario idílico.
- Costes de Información:
a) En primer lugar hay que familiarizarse con el funcionamiento del programa CRETA propiamente dicho tal y como hay que hace con cualquier otro programa informático.
Aunque utilice una estructura de ventanas similar a la de Microsoft Access o Microsoft Excel, según las operaciones y funciones a realizar, uno debe familiarizarse con los menús de navegación, los procedimientos operativos, la modificación de los datos de los trabajadores como por ejemplo los cambios de jornada, partes de absentismo, maternidad o paternidad, etc.
b) El sistema CRETA responde, tal y como sucede con todas las administraciones españolas, a una terminología y unos códigos propios que usa el organismo correspondiente, en este caso la TGSS, pero que escapa a la comprensión de la mayoría de los ciudadanos como por ejemplo los códigos de ocupación.
¿Quién sabe qué ocupación es designada con el código “a”?
c) Relacionado con el punto anterior, la información descrita por el sistema CRETA adopta una forma de tabla similar al formulario TC2, pero con un mayor número de conceptos y términos: NIF de cada trabajador, código de contrato de trabajo, iniciales de nombre y apellidos del trabajador, coeficientes de cotización, base de cotización, pagos delegados, bonificaciones, suspensión del contrato, inactividad y un largo etcétera.
A buen seguro que muchas de las informaciones contenidas por las tablas del sistema CRETA requerirán una formación específica en materia laboral, sin la cual los datos resultaran ininteligibles o, por lo menos, de difícil interpretación.
Además, también hay que comprender de dónde procede la información y los códigos como en el caso por ejemplo de los coeficientes de cotización o las bases de cotización.
- Bonificaciones desaprovechadas:
Los usuarios del sistema CRETA corren el riesgo de no beneficiarse de todas las bonificaciones, subvenciones y descuentos a los que pueden acogerse sus trabajadores porque son las empresas o sus asesores los que indican a los funcionarios de la TGSS las modalidades contractuales que más les convienen proporcionando los códigos de bonificación correspondientes. La SS.SS no los aplica de oficio o por defecto.
- Riesgo de sanciones:
La validación o la rectificación de las informaciones continúa siendo responsabilidad de los empresarios o de los representantes substitutivos y debe hacerse mensualmente.
En caso de que haya una autogestión de los flujos de información laboral con la TGSS, las sanciones por demoras o dejaciones de esta función van acompañadas de sanciones de al menos el 20% por lo que siempre se debe estar pendiente de esta cuestión y establecer algún sistema o procedimiento de alerta.
- Costes de oportunidad:
Este concepto económico podría aplicarse a muchos ámbitos de la vida y también a la gestión de los flujos de información con la TGSS dado que el tiempo requerido por los costes de información y la gestión propiamente dicha no puede ser dedicado por el empresario a otras cuestiones seguramente más importantes o prioritarias que son de su exclusiva competencia y, por tanto, no delegables.
En definitiva, como muchas veces sucede con las iniciativas de la administración pública para facilitar los trámites y gestiones con los ciudadanos, son esfuerzos loables pero no del todo útiles y beneficiosos por los distintos tipos de coste asociados a ellos, aunque sean aparentemente gratis, y por los beneficios potenciales que uno corre el riesgo de perder por un mal asesoramiento o un asesoramiento interesado por parte de la TGSS que favorezca sus intereses y no los del ciudadano, en este caso, los de los empresarios con asalariados a su cargo.
Otro ejemplo podría ser el de la declaración de la renta (IRPF). Cierto es que Hacienda concede horas para ayudar a los ciudadanos a hacer la declaración de la renta, permite su confección y entrega telemática mediante el sistema PADRE… Pero a no ser que se domine el tema, se corre el riesgo de desaprovechar una gran coantidad de conceptos desgravables.
Y como dice el dicho -muchas veces- lo barato sale caro.